*La legislación reconoce sólo a los otomíes como grupo indígena en Toluca.
De la redacción

En un caso único en el país, la anterior Legislatura mexiquense promovió un amparo ante la justicia federal para no otorgar los derechos plenos a los indígenas otorgados por la Constitución Federal.
Durante una sesión del cabildo de Toluca se expuso una serie de limitaciones legales impuestas a los derechos de los pueblos originarios, tanto en su representación ante las autoridades municipales como en el reconocimiento a su existencia como grupos.
De acuerdo con lo que se examinó en la reunión semanal de trabajo del ayuntamiento se destacó inclusive que en la época virreinal los indígenas tenían más derechos que después de la independencia.
En el caso del municipio de Toluca, la legislación no reconoce a los matlazincas, mazahuas y nahuas como grupos originarios, por ello no pueden tener representante ante el cabildo.
Legalmente sólo los otomíes tienen existencia y por lo mismo, derecho a tener representantes ante las autoridades municipales, mientras los otros grupos no pueden designar representantes, se destacó en la sesión edilicia.
Este tema de los representantes ha generado confusión, porque la ley establece que debe tener representan indígenas en los cabildos, lo cual ha arraigado la idea de que se trata de formar parte de las autoridades.
No obstante, se aclaró, no es así: los representantes de los pueblos originarios asisten a los cabildos, pero no ejercen actos de autoridad, porque la legislación aplicable no les otorga ese derecho.
RESOLVERÁ LA SCJN AMPARO
La reforma constitucional del gobierno de Vicente Fox Quesada en materia de los pueblos originarios obligó a las legislaturas locales a modificar y adecuar las constituciones políticas locales y leyes secundarias del tema, para armonizar lo estatal con lo federal.
Todas las representaciones populares de las entidades federativas lo hicieron en tiempo y forma, menos la del Estado de México, que recurrió al amparo para no atender algunos ángulos de la reforma federal.
Eso ocurrió en el sexenio de Eruviel Ávila Villegas, cuando el PRI tenía la mayoría en la Cámara de Diputados mexiquenses, y cuando en el discurso oficial, pero solo en las palabras, se exaltaba a los pueblos originarios y se hablaba de grandes apoyos, se recordó en la sesión del cabildo de Toluca.
Hay estados en los cuales son reconocidos legalmente dos o más grupos en algunas demarcaciones municipales, por lo que todos deben elegir representantes ante los cabildos. En el caso de Toluca a sólo puede haber un representante: el del grupo otomí.