
*Captó ya el IMSS las primeras beneficiadas del programa para el trabajo doméstico.
CLAUDIA HIDALGO
(Primera parte)
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) continúa con la incorporación de trabajadoras domésticas a su padrón de afiliados, en su programa piloto que ya tiene a las primeras beneficiarias en el Estado de México, una de las entidades con más personal laborando bajo este esquema.
En esta primera etapa se priorizaron nueve entidades del país, donde se concentra el 59 por ciento del trabajo doméstico, como son: Estado de México, Ciudad de México, Jalisco, Veracruz, Puebla, Michoacán, Nuevo león, Oaxaca y Guanajuato. El organismo estima en más de 2.3 millones de trabajadoras y trabajadores del hogar discriminados en su acceso a la seguridad social, pese a tener todas las obligaciones laborales, por lo cual surgió este programa.
De hecho, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) calificó de inconstitucional que el trabajo doméstico sea excluido del régimen de seguridad social, porque eso afecta de manera desproporcionada a las mujeres. Según el INEGI, 9 de cada 10 empleados de hogar son mujeres.
A través del amparo directo 9/2018 donde se demandó indemnización constitucional por despido injustificado, salarios caídos y otras prestaciones, se estableció un criterio con relación a la discriminación y trato dado a los trabajadores domésticos, frente al resto de los trabajadores, para disfrutar de los seguros de invalidez, vejez, vida, cesación involuntaria de trabajo, enfermedades, accidentes y servicios de guardería conforme a lo previsto en el artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en el Protocolo de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos.
Por unanimidad, los ministros de la Segunda Sala consideraron “es inconstitucional que los patrones no estén obligados a inscribir a las empleadas domésticas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Ello, ya que no existe ninguna razón constitucionalmente válida ni razonable por la cual la Ley del IMSS pueda excluir a las trabajadoras domésticas del llamado “régimen obligatorio” de seguridad social, lo cual significa que existe una discriminación legal contra esas trabajadoras”.
Estimaron que el excluir el trabajo doméstico del régimen obligatorio del IMSS afecta de manera desproporcionada a la mujer, sobre todo si se tiene en cuenta que el trabajo doméstico ha sido tradicionalmente objeto de condiciones de trabajo inadecuadas, extensas jornadas, bajos salarios y trabajo forzoso, es decir, expuesto a condiciones lejos del concepto de trabajo digno.
Las trabajadoras del hogar enfrenten una situación de precariedad y olvido social que las ubica en mayores condiciones de marginación y contribuye a más desigualdades laborales y sociales entre el hombre y la mujer, así como a mantener estereotipos y prejuicios sobre la supuesta “carencia de valor” del trabajo doméstico; afectando todo ello la dignidad de las mujeres que se dedican a dicha actividad laboral.