Ley de Protección a Periodistas, Liberta de Expresión y la Publicidad Oficial

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LA LEY DE PROTECCIÓN A PERIODISTAS DEBE TRATAR
LO DE LA PUBLICIDAD, USADA CONTRA LIBERTAD DE E.
MAXIMILIANO CASTILLO

Una iniciativa de Ley de Protección de Periodistas fue presentada hace unos años a la Legislatura Local, pero no había sido dictaminada, trámite indispensable para ser discutida en el pleno y sometida a votación. El jueves 25 del pasado mes el documento fue enviado a comisiones, con la inclusión de la protección a los Defensores de Derechos Humanos.
No conozco a detalle el articulado de la norma propuesta, pero sí los objetivos, que van más allá de la seguridad para el trabajo periodístico. Abarca aspectos de protección social, como es el caso de un fideicomiso, aunque no se sabe si este tema controvertido quedó firme o fue retirado de la propuesta.
La norma debería referirse solamente a las garantías para la seguridad de los periodistas y para el ejercicio de la libertad de expresión; no obstante, el incumplimiento de las autoridades de sus obligaciones de hacer valer las leyes propició la precarización de las condiciones laborales de los periodistas, como del resto de los trabajadores.
Ante esta realidad, puede criticarse, pero no dejarse de entender el interés de organizaciones periodística por lograr apoyo gubernamental para auxilio de quienes en un momento dado presentan problemas de salud o fallecimiento. Es triste e indignante que esto ocurra por culpa de las autoridades que no hacen valer la Ley Federal del Trabajo y se permite que las empresas del ramo evadan sus responsabilidades patronales frente a sus empleados.
En cuanto a las garantías para el ejercicio del periodismo y específicamente para el uso de la libertad de expresión, debemos partir de que es una obligación constitucional de las instituciones, con frecuencia omitida, pero no sobrará y se reforzará con su inclusión en una ley secundaria, como lo será la de Protección de Periodistas y de Defensores de los Derechos Humanos.
De la misma forma es necesario recordar que lamentablemente en el Estado de México los medios informativos y periodistas han aplicado la autocensura como mecanismo para no correr riesgos frente a los grupos delictivos, por lo que ese peligro contra la integridad de los informadores profesionales, no es alto en estos momentos, lo cual no quiere decir que las cosas estén bien, y mucho menos significa que el gobierno estatal y municipales estén liberados de su responsabilidad de ofrecer las garantías para el ejercicio de la libertad de expresión y la seguridad de los trabajadores de la información.
El otro factor decisivo para la autocensura de los medios es el gasto propagandístico de los gobiernos. Al no existir transparencia en su aplicación, el manejo de esos fondos públicos, además de patrimonialista, es discrecional, para premiar y castigar a los medios informativos, en una grave violación al derecho de la libertad de expresión de los periodistas y del derecho constitucional de la sociedad a estar oportuna y suficientemente informada.
La iniciativa de Ley en estudio debe tomar en cuenta esta realidad y resolverla con disposiciones que eviten que el gasto publicitario de las instituciones siga siendo un instrumento de control de los medios informativos y factor que anula en la práctica el derecho del ejercicio a la libertad de expresión.

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