Impartirá Justicia Laboral el TSJ a partir del 30 de Septiembre de 2020, a Más Tardar

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A partir de septiembre del próximo año el Poder Judicial impartirá justicia laboral.

*La aplicación de la reforma laboral requerirá reformar cinco leyes estatales.

De la redacción

Las Juntas estatales de Conciliación y Arbitraje y las especiales deberán desaparecer a más tardar el 30 de septiembre del próximo año, para dar paso a tribunales laborales, dependientes del Poder Judicial de la entidad.

Además, la administración de justicia del trabajo en el futuro prescindirá de la estructura y composición histórica: representantes del capital, del trabajo y del Poder Ejecutivo, que será excluido.

El nuevo modelo de justicia del trabajo separará las funciones de conciliación y las de arbitraje. La primera estará a cargo del Centro de Conciliación Laboral del Estado de México (CCLEM) y los centros especiales necesarios en la misma materia, para lo cual el gobernador Alfredo del Mazo Maza propuso al Poder Legislativo la iniciativa de la Ley para crear dicho Centro.

La facultad de arbitraje la ejercerán los tribunales laborales, que formarán parte del Poder Judicial. Esta reforma del trabajo responde a la federal aprobada por el Congreso de la Unión, según la exposición de motivos de la iniciativa del Poder Ejecutivo Local.

Además de la nueva ley para crear el CCLEM, serán modificadas varias leyes locales más: la Orgánica del Poder Judicial; la Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, Ley del Gobierno Digital, Ley del Adulto Mayor y el Código Financiero del Estado de México y Municipios.

El `paquete de cambios legales obligará al Poder Judicial mexiquense a incluir en su presupuesto del próximo año la partida para el funcionamiento de los tribunales laborales que sustituirán a las juntas de Conciliación y Arbitraje. Las iniciativas fueron turnadas a las comisiones de análisis y dictamen de Procuración y Administración de Justicia, del Trabajo y Previsión Social, y de Planeación y Gasto Público.

El CCLEM será un organismo descentralizado con autonomía técnica, operativa y presupuestal, de decisión y gestión, que se encargará de la conciliación de los factores de la producción, sin las facultades de arbitraje actuales.

Tendrá entre sus responsabilidades también el registro de los sindicatos y garantizar la libertad de negociación, la libertad de los trabajadores para elegir dirigentes mediante el voto personal, directo y secreto.

De la misma forma, con el mismo método asegurará el derecho de los trabajadores a decidir sobre la firma de los contratos colectivos de trabajo, lo que ahora no pueden hacer, por estar excluidos.

Será el gobernador quien nombre al titular del Centro de Conciliación Laboral del Estado de México, a más tardar 180 días después de publicarse las reformas en la Gaceta Oficial del Gobierno.

A la brevedad posible se instalará el grupo interinstitucional para implementar la reforma laboral, el cual integrarán representantes de los poderes Legislativo y Judicial, de las secretarías del Trabajo, Finanzas y de Justicia y Derechos Humanos.      

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