
*Los contralores son nombrados por los alcaldes y siempre son cercanos suyos.
De la redacción
(Segunda y última parte)
La historia de de la lucha contra la corrupción en el Estado de México no registra un solo caso de alcalde acusado por una contraloría interna por malversación de fondos, enriquecimiento ilícito o compras y contratos de obras públicas con sobreprecios.
Nunca detectan corrupción en los altos niveles de las administraciones municipales, aun cuando toda la población la vea y la comente, prueba de la inutilidad de estos órganos de prevención y combate a las conductas deshonestas, arbitrarias o ineficaces de los presidentes municipales.
No hay antecedentes de denuncias penales, en un Estado de México ubicado por el INEGI como el más, y por mucho, corrupto del país. Lo grave es que la nación está entre las más corruptas del mundo; es decir, la entidad mexiquense es la más corrupta en una República caracterizada por el alto índice de corrupción.
Al respecto, el ahora ex contralor del Poder Legislativo mexiquense, Victorio Barrios Dávalos, consideró necesario modificar las leyes aplicables para que los contralores no sean amigos, recomendados por intereses antipopulares o por ser cercanos de los alcaldes, como ha sido la regla en la entidad.
Los contralores municipales tampoco han detectado, denunciado y evitado delitos como el nepotismo, el tráfico de influencia y el abuso de autoridad cometidos por los presidentes municipales, por la sencilla razón de que son incondicionales de éstos.
Barrios Dávalos aboga desde hace varios años por la designación de contralores internos de los ayuntamientos mediante un mecanismo en el cual no cuente la influencia de los gobernantes municipales.
En la actualidad, aun cuando son nombrados por los cabildos, siempre son propuestos por los alcaldes, precisamente, a quienes deben vigilar para que no incurran en violaciones a las normas y denunciarlas cuando no puedan evitarse.
La ratificación de las designaciones recae siempre en amigos, aliados políticos y recomendados de políticos poderosos, lo cual explica que jamás procedan contra los presidentes municipales.
En estas condiciones, las contralorías municipales resultan inoperantes y no cumplen con sus responsabilidades legales de prevenir y sancionar los actos corruptos, arbitrarios y prepotentes de alcaldes, síndicos, regidores y funcionarios municipales de designación y proteger los intereses de la sociedad.
Barrios Dávalos sostiene que tal vez el Poder Legislativo sea la institución idónea para nombrar contralores municipales, para que no les deban el cargo a los alcaldes, y así puedan cumplir con la estricta vigencia de las leyes.