Bancos y Gobiernos son los Principales Clientes de las ‘Outsourcing’: Violan la Ley Federal del Trabajo

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Los centros dedicados a cobranza, clásicos ejemplos de “outsourcing”.

*El ISSEMYM contrato mucho personal a “outsourcing” y también el INEGI.

De la redacción

Bancos, gobiernos federal, estatales y municipales y organismos públicos son los principales contratantes de personal mediante las empresas “outsourcing”. Y lo hacen en abierta violación a disposiciones expresas de la Ley Federal del Trabajo, sostuvo Jorge Díaz Galindo, de la dirigencia estatal de la CTM.
En una breve entrevista con “El Espectador”, explicó que la legislación laboral permite la contratación de personal, pero no para tareas permanentes destinadas a concretar los objetos sociales de las empresas.
Se ha abusado de esta figura, porque en el caso de los bancos, hay algunos que sólo el uno por ciento de su nómina corresponde a empleados propios. “El resto, casi todos, pertenecen a otras empresas, los famosos outsourcing”, recalcó.
Violan la Ley Federal del Trabajo, porque el trabajo de cajeras y cajeros es permanente, no eventual, ni por obras determinada, por lo cual legalmente no pueden dejarse en manos de empelados de otras empresas, abundó Díaz Galindo.
Lo más grave es que también los gobiernos federal, estatales y municipales contratan con empresas el personal que necesitan para funciones permanentes, que por ley tienen prohibido hacer, pero lo hacen y posiblemente eso explique que ya no se ponga énfasis en regular el trabajo contratado vía “outsourcing”.
Díaz Galindo destacó que en el pasado las empresas productivas del Estado: Pemex, la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y otros organismos estaban plagadas de trabajadores de otras empresas, para desempeñar trabajos permanentes, en clara violación a las leyes laborales aplicables.
Aclaró que no está en contra del “outsourcing”, si no de su abuso y extensión a tareas permanentes, “porque viola las leyes del trabajo y afectan los derechos de los trabajadores”, insistió el cetemista.
Recordó que hay contratos legales para emplear personal de terceros, como cuando se construye en una empresa una obra, pero deben ser por obra o tiempo determinado, lo cual es entendible, porque al terminarse el proyecto los asalariados no pueden continuar en la empresa contratante, ilustró el ex dirigente juvenil de la CTM.

EL CASO INEGI
El entrevistado se refirió al caso del INEGI, que contrató con el sistema “outsourcing” a todo el personal encargado de levantar el censo de población y vivienda de este 2020, cuando debió reclutar y contratar directamente a esas personas por tiempo determinado; es decir, por cuanto dure la tarea.
Además, “personal de empresas privadas manejará información delicada, como la que acopia INEGI en los censos cada 10 años, eso no es conveniente”, concluyó.

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