Bandos Municipales Confunden Infracciones con Delitos: los Objeta la CODHEM Ante TSJ

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*Fueron impugnados 23 bandos. *En dos años habían sido 19 las controversias.

 

De la redacción

 

Un total de 23 ayuntamientos mexiquenses incluyeron en sus bandos municipales 2020 como infracciones actos que constituyen delitos y están tipificadas en el Código Penal de la entidad, por lo cual la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM) presentó las acciones de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional del Poder Judicial estatal.

Entre las conductas penales que los 23 gobiernos establecieron como infracciones administrativas destacan el uso indebido de los sistemas de emergencia, daños en bienes, maltrato a los animales, ultraje y violencia familiar.

El organismo informó que delitos como en estos están en los bandos de los municipios de Acolman, Apaxco, Atizapán, Almoloya del Río, Chalco, Chiautla, Chiconcuac, Metepec, Nezahualcóyotl, Nicolás Romero, Otumba, Soyaniquilpan, Sultepec, Tejupilco, Tepetlaoxtoc, Texcalyacac, Tianguistenco, Xonacatlán, Villa del Carbón, Zacualpan, Hueypoxtla, El Oro y Jilotzingo.

El titular de la CODHEM, Jorge Olvera García, sostuvo que estas disposiciones de los bandos municipales fueron detectadas en un riguroso análisis jurídico de los 125 bandos, y de no corregirse generarán un conflicto de leyes que pueden afectar a las personas a quienes se apliquen.

Explicó que el objetivo de estas acciones es dar certeza jurídica a quienes habitan y transitan por los municipios mexiquenses, y protegerlos en su persona, sus bienes, posesiones y ante cualquier acto lesivo que pudiera generar el poder público, al actuar sin el debido mandamiento de la autoridad competente, fundado, motivado y de acuerdo con los procedimientos y formalidades legales.

Detalló que cada año los municipios promulgan la normatividad local y, de acuerdo con sus atribuciones y facultades, la CODHEM la analiza y tiene un plazo de 45 días naturales para presentar acciones de inconstitucionalidad cuando así lo amerite el caso; el análisis de los bandos 2020, reiteró, derivó en 23 acciones presentadas incluso antes de la fecha establecida que es el próximo 21 de marzo del año en curso.

El presidente de la Codhem explicó que la acción de inconstitucionalidad es un medio de control constitucional para invalidar alguna norma o precepto que se contrapone a la Constitución o a otro ordenamiento que jerárquicamente esté por encima de los bandos, El Tribunal Superior de Justicia deberá resolver las controversias.

Olvera García mencionó que al interponerse las acciones de inconstitucionalidad, de inmediato se notifica a los Ayuntamientos para que en un término de ocho días contesten la demanda promovida por la CODHEM. Cabe indicar, abundó, que en 2018, el organismo defensor interpuso nueve acciones de inconstitucionalidad contra igual número de municipios y, en 2019, fueron diez, y en todos los casos se dio la razón a la Comisión, con el fin de proteger los derechos humanos.

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