NO SON TRABAJADORES DE EMPRESAS DONDE LABORAN,
SINO DE OUTSOURCINGS, QUE LOS ALQUILAN SIN DERECHO
Ante la indiferencia de centrales y dirigentes sindicales, de las autoridades del trabajo, de los partidos políticos y de los grandes medios informativos, en México se implantó un sistema semiesclavista de trabajadores, por parte de empresas especializadas en proporcionar personal a otras compañías, con disminución o anulación completa de derechos laborales del personal. Esta situación afecta a 4.6 millones de asalariados de la economía formal.
Las bases legales las proporcionó la reforma laboral de Felipe Calderón Hinojosa, profundizadas de facto durante el sexenio de Enrique Peña Nieto. La tolerancia a la anulación de los derechos laborales de los afectados por las empresas conocidas como ‘outsourcings’ fue total, pues en la práctica estas compañías fueron mucho más allá de lo permitido por la ley de la materia y establecieron de verdad un sistema semiesclavista en el mercado del trabajo.
En sus actividades las empresas del modelo outsourcing conciben y tratan a su personal como mercancía; le nulifican sus derechos a la antigüedad en el empleo, al reparto de utilidades, los registran con menos salarios ante el IMSS, el Infonavit, lo cual erosiona su posibilidad de alcanzar una pensión digna al jubilarse y reducen igualmente las cuotas para crédito de vivienda y el monto de indemnizaciones cuando son despedidos injustamente.
Este sistema de explotación laboral atenta igualmente contra el derecho de los trabajadores a organizarse libremente para defender sus derechos individuales y colectivos, pues no hay sindicalización, ni negociaciones para la contratación colectiva. Si intervienen sindicatos son de protección a los intereses de los nuevos esclavistas, los trabajadores están en la indefensión total.
Estas empresas permiten a las que les contratan personal evadir sus obligaciones patronales, porque legalmente éstas no tienen empleados a su servicio, lo son de las outsourcing, aunque desempeñen tareas permanentes e indispensables para lograr el objetivo social de las contratantes.
La modalidad de subcontratación cuestionada evade parcial o totalmente los pagos al fisco del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA), y al abaratar los costos de producción, operación y administración a sus clientes introduce elementos de ventajas ilegales a la libre competencia, lo cual se corregirá con reformas a un paquete de leyes aplicables.