*no hay forma de revertir la decisión.
De la Redacción
La Suprema Corte de justicia de la Nación (SCJN) resolvió declarar inconstitucional la prisión preventiva oficiosa en los casos de las personas acusadas de delitos de “cuello blanco”, como los que emiten o usan facturas falsas para evadir impuestos, y aun los de evasión fiscal cuando no rebasen determinado monto. En la misma situación quedarán los defraudadores, quienes no serán objeto de prisión preventiva oficiosa.
Esta resolución es definitiva. No hay recursos legales, ni constitucionales para revertirla, por lo cual beneficiará a los corruptos de “cuello blanco”, incentivará este tipo de conductas y garantizará impunidad, todo en perjuicio de la población nacional, la cual se ve afectada por estas prácticas criminales las cuales merman los ingresos de la federación y, por tanto, limitan la capacidad de las autoridades para atender al pueblo.
También fue declarado inconstitucional el arraigo, otra figura de la cual se abusó cuando detenían a sospechosos de haber cometido delitos graves, pero las fiscalías no habían reunido todas las pruebas para que fueran condenados.