Mujeres, Principales Víctimas de los Delitos de Violencia Digital

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*El 96% de los delis de violencia digital, contra mujeres.

De la redacción

Las mujeres representan cerca de la totalidad de las víctimas de violencia digital, advirtió la diputada Karina Labastida Sotelo, quien desde la anterior Legislatura Local lucha por fortalecer y ampliar los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia y la misoginia.

Dio a conocer un dato preocupante, que refleja el problema de violencia en los medios digitales en contra las féminas: 96 por ciento de las personas agraviadas por la violencia digital son mujeres.

En el caso del Estado de México, la representante popular destacó la alta concentración de los delitos digitales cometidos contra mujeres y que se denuncian, pues de los 385 ilícitos denunciados entre 2019 a la fecha, 372 víctimas fueron del sexo femenino, y sólo 13 contra hombres.

En este escenario, la legisladora anunció se presentó una iniciativa de reforma  legal para que los ministerios públicos y jueces otorguen con oportunidad medidas cautelares para proteger a mujeres y niñas en los casos de violencia digital y mediática en el Estado de México.

Labastida Sotelo explicó la iniciativa de su autoría busca evitar se siga mostrando a las mujeres como objeto de consumo y discriminación, así como protegerlas para que no se les deshonre, ni humille, ni se atente contra su dignidad.

En especial, consideró debe garantizarse por ley que las mujeres no sean víctimas de la reproducción de patrones nocivos para su desarrollo humano y que inciten al ejercicio de otras modalidades y tipos de violencia en su contra; y que no se atente contra su nombre e imagen.

Las adiciones propuestas son a la Ley de Acceso a las Mujeres a una vida Libre de Violencia y a la Ley de Seguridad del Estado de México, para armonizar y homologar sus disposiciones relacionadas con la orden de protección ante la violencia digital y mediática.

Se trata de que las niñas, adolescentes y mujeres adultas mexiquenses dispongan de  mecanismos legales para evitar y castigar la violencia de género sufrida en el territorio del Estado de México.

Cuando se aprueben las adiciones a las legislaciones mencionadas agentes del ministerio público y titulares de los juzgados quedarán con la obligación de adoptar de inmediato y aplicar las medidas de protección necesarias, aplicando los procedimientos establecidos en la Ley General. 

Las medidas tomadas podrán durar hasta 60 días,  prorrogables por 30 días o más si el tiempo de investigación de las denuncias demora más, o hasta que cese el peligro de agresión. La protección deberá brindarse a más tardar 4 horas después de la denuncia de hechos.

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