Demodeloras Críticas de AMLO a 5 de sus Antecesores, por Dejar en Ruinas al País

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 *AMLO expuso los destrozos causados a la nación por cada presidente.

De la redacción

A pesar de que la votación para ver si se sometía o no a procesos penales a 5 expresidentes de la República fue escasa y no logró el 40 por ciento de la votación para que sus resultados fueran de cumplimiento obligatorio para las autoridades competentes, de todos modos los argumentos del presidente Andrés Manuel López Obrador para pedir esa consulta son demoledores.

En forma deliberada se omitió el análisis y debate sobre los mismos. Su información permite conocer cómo se comportaron en contra de los intereses de los mexicanos los 5 exmandatarios. Las consideraciones del caso y las razones para solicitar ese ejercicio de participación directa de los ciudadanos en asuntos relevantes no pierden vigencia, a pesar del tiempo en que ya pasó

 López Obrador enumeró sus críticas demoledoras. Denunció:

*Desde el primer día de mi gobierno se han incrementado las peticiones populares de esclarecimiento y justicia para las acciones presuntamente delictivas que posiblemente cometieron los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto en el ejercicio del cargo.

No obstante, el masivo clamor de justicia se enfrenta a zonas grises del marco legal, como las limitaciones que establece el artículo 108 constitucional (ya se modificaron) para actuar penalmente en contra de un presidente en funciones o como la consideración de delitos imprescriptibles que los mencionados habrían cometido o habrían podido cometer en el ejercicio de la presidencia.

*El país se encuentra, en este punto, en una situación en la que una demanda social mayoritaria carece de un cauce institucional nítido y de una vía clara de expresión en las leyes vigentes en las que es ineludible que el Estado emprenda un proceso de esclarecimiento a este respecto.

En mi calidad de presidente de la República considero necesario avanzar en el discernimiento de este punto sin estridencias, con responsabilidad, pero anteponiendo en todo momento el predominio de la voluntad popular y el respeto irrestricto de la legalidad.

*Independientemente del curso que tomen las acciones legales en los procesos en contra de diversos exfuncionarios, tanto en México como en el extranjero, la decisión de si debe esclarecerse en términos legales la actuación de los cinco expresidentes referidos ha de considerarse un tema de trascendencia nacional y que, por su proyección histórica y sus implicaciones políticas, amerita ser puesto a la consideración de la ciudadanía en un espíritu de democracia participativa.

Es pertinente señalar que no es esta la primera ocasión en la que promuevo tales ejercicios. Se han realizado con respecto a la construcción del aeropuerto en Texcoco, la planta eléctrica de Huexca, Morelos, la cervecera de Mexicali y el Tren Maya, y he promovido la inclusión en la carta magna de las consultas regulares de revocación de mandato.

*En mi toma de posesión, consciente de la relevancia y las implicaciones de juzgar penalmente a quienes ejercieron la presidencia, propuse la realización de una consulta popular como un paso necesario para resolver sobre este delicado asunto.

Si el pueblo da su aprobación, las instituciones responsables de desahogar las potenciales acusaciones tendrán un enorme respaldo para realizar esa tarea con absoluta libertad. Si rechaza la propuesta el pueblo de México, nadie podrá acusar a esas instituciones de encubrir o solapar conductas ilegales.

En lo personal, reafirmo la postura que he sostenido siempre sobre este tema en el sentido de que, en el terreno de la justicia, se puede castigar los errores del pasado, pero lo fundamental es evitar los delitos del porvenir.

He dicho y reitero que yo votaría por no someter a los expresidentes a proceso; sin embargo, de realizarse la consulta respetaré el fallo popular sea cual sea, porque en la democracia el pueblo decide y por convicción me he propuesto mandar obedeciendo. En otras palabras, nunca traicionaré la confianza del pueblo y no seré cómplice de la impunidad ni voy a ser tapadera de acciones turbias del pasado, pero tampoco pretendo impulsar represalias contra nadie, porque, como le he afirmado en numerosas ocasiones, no es mi fuerte la venganza.

*El ejercicio de la consulta popular sobre la viabilidad de iniciar procesos legales en contra de los expresidentes es, en sí mismo, un precedente necesario para prevenir la repetición de conductas indebidas en el ejercicio del poder y un deslinde con respecto a la impunidad y encubrimiento que caracterizó a los gobiernos neoliberales; una forma de despejar la ambigüedad legal que ha imperado sobre las responsabilidades de la figura presidencial y una reafirmación del principio de soberanía popular contenido en el artículo 39 de nuestra Constitución Política.

*La presente petición no contraviene la limitación establecida en el numeral III, fracción 8ª del artículo 35 constitucional en el sentido, cito textualmente de que ‘no podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte y las garantías para su protección.

No es así por cuanto la consulta solicitada tiene el propósito central de llevar a un cauce legal, claro, un asunto de interés general y trascendencia nacional, y posibilitar, en su caso, juicios apegados a derecho y respetuosos del debido proceso; por el contrario, la consulta popular pedida reafirma el derecho a participar en los asuntos públicos estipulado en el artículo 25 del pacto internacional de los derechos civiles y políticos, y el 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y reafirma el derecho a la justicia plasmado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

*El tema que motiva la presente petición de consulta popular repercute en todo el territorio nacional e involucra al conjunto de la población en términos del artículo 6 de la Ley Federal de Consulta Popular, al estar involucrados sus intereses e instituciones, y dado que los hechos que la originan revisten por sí mismos una importancia y gravedad tal que es preciso someterlos a este mecanismo de participación ciudadana.

En consecuencia y en cumplimiento a la fracción III del artículo 21 de la Ley Federal de Consulta Popular propongo la siguiente pregunta: ¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables investiguen y, en su caso, sancionen la presunta comisión de delitos por parte de los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto, antes, durante y después de sus respectivas gestiones?

Por lo aquí expuesto, solicito respetuosamente a ustedes:

Primero. Tener por aceptado en tiempo y forma el presente escrito.

Segundo. Dar cuenta de la presente petición de consulta popular y turnarla a la Comisión de Gobernación y, en su caso, a las comisiones que correspondan para su análisis, dictamen y cumplimiento de las etapas procesales correspondientes con fundamento en lo dispuesto por la fracción 1ª del artículo 27 de la Ley Federal de Consulta Popular y demás disposiciones aplicables.

Palacio Nacional, Ciudad de México, 15 de septiembre de 2020.

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