El ayuntamiento de Toluca podría enfrentar problemas con su prohibición en el bando de la entrega de mercancías en bolsas de plástico, por parte de las tiendas y comercios de la demarcación, pues aun cuando esté motivada por las mejores intenciones, la medida afecta a una actividad lícita, como lo es el comercio de este tipo de envoltura.
La industria del plástico puede recurrir al amparo, con grandes posibilidades de ganarlos, porque sus actividades productivas y comerciales no están consideradas al margen de la ley.
La contaminación puede abatirse con el debido reciclamiento de estos materiales, previa separación por parte de la población para entregarla a los camiones recolectores de basura. Combatir la polución ambiental es urgente, pero no con medidas reglamentarias inconstitucionales, en perjuicio de las empresas que producen este material plástico, porque adicionalmente no se prohíbe en el bando el uso de botellas desechables para vender refrescos, que se desechan en volúmenes cientos o miles de veces mayor que el de las bolsas en que se entregan mercancías.
Tampoco se prohíbe el embalaje industrial en materiales plásticos, es más, incluso podría configurarse un bizarro caso de discriminación comercial al restringir las actividades de una sola rama industrial.
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