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Miente Cirt: Derecho de Audiencias No Viola la Libertad de Expresión

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Foto: Archivo

*Empresarios de radio y televisión defienden su derecho a mentir por dinero.

MAXIMILIANO CASTILLO R.

La declaratoria que hizo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de invalidez de la reforma de 2017, que obligaba a los noticieros de radio y televisión de informar sobre lo que presentaban; es decir, aclararle a sus audiencias lo que era información y lo que era opinión, dio lugar a una furiosa campaña de la Cámara de la Industria de Radio y Televisión (CIRT), para que ya no se legisle este aspecto.

Su argumento es mentiroso, porque se basa en que regular  y obligar a los noticieros electrónicos a dar a conocer a sus televidentes o radioescuchas lo que es puramente información y lo que es la opinión viola la libertad de expresión, lo cual es falso.

La resolución de la SCJN invalidó la reforma impulsada por el entonces presidente Enrique Peña Nieto, por “vicios procedimentales”; es decir, por la forma en que se efectuaron esos cambios, no por el fondo. Ni se pronunció sobre si esos cambios a la máxima norma del país violan o no la libertad de expresión.

El Poder Legislativo Federal puede volver a hacer la reforma, apegándose a los procedimientos legales, pero lo haga o no, lo cierto es que la reforma invalidada no violaba la libertad de expresión; al contrario, hacía real el derecho constitucional de los mexicanos a estar bien informados. Este derecho se lesiona cuando se presentan opiniones como información.

Ocultar esta diferencia es engañar al televidente o radioescucha, y en realidad esa obligación, dejada sin efecto, se quedaba corta: una reforma que garantice a las audiencias su derecho constitucional a estar bien informado debe incluir la obligación de radiodifusoras y televisoras de informar a su público cuando una información es pagada; es decir, propaganda.

Javier Tejado Dondé, el principal vocero oficioso de la CIRT, insiste en que viola la libertad de expresión obligar a los noticieros electrónicos a aclarar cuando un material es información u opinión, pero eso es falso, porque no se impide que alguien, en ejercicio de su libertad de expresión, opine lo que quiera, aunque sea mentira. Lo que evita es que sus juicios pasen como noticia comprobada; es decir, que se engañe a radioescuchas y televidentes.

Lo que defiende la CIRT no es la libertad de expresión, sino la práctica de sus afiliados a lucrar con las mentiras todos los días, al difundir propaganda política disfrazada de información, en un atentado al derecho constitucional de las audiencias a estar bien informadas. Y no lo regulaba la reforma invalidada.

Si la Legislatura Federal reforma de nuevo las disposiciones anuladas, debe incluir la obligación de radiodifusoras y televisoras a informar cuando una información es propaganda pagada; es decir, debe ir al fondo del problema, para garantizar el derecho de las audiencias a estar bien informadas, no engañadas.      

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