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Anula la Norma Anticorrupción el Combate al Fenómeno: No Obliga a Investigar y Castigar

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La diputada Álvarez Nemer denuncia la ineficacia y nulidad del sistema anticorrupción mexiquense. Foto: Internet.

*La lucha contra la corrupción no ha castigado a ningún corrupto mexiquense.

De la redacción

Doce años después de creado el Sistema Anticorrupción, costoso en términos presupuestales, los corruptos, corruptores y corrompidos siguen impunes en el Estado de México. No se ha encontrado a un solo servidor público, de alto o bajo rango, de elección popular o de designación, enriquecido ilegalmente, ni detectado compras u obras públicas con sobreprecios, ni facturas falsas, ni siquiera un simple “aviador”.

Este es el sentir de la casi totalidad de los mexiquenses: el Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios no ofrece resultados satisfactorios en la prevención, combate y castigo a los corruptos.

Al respecto, la diputada local Mónica Álvarez Nemer, sostuvo que carece de sentido que exista un Sistema Anticorrupción operando con recursos públicos para ejercer acciones y emitir recomendaciones contra la corrupción, si éstas pueden ser desatendidas o rechazadas sin consecuencia legal alguna.

Todo el trabajo del Sistema Anticorrupción puede anularse por una disposición de la propia Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México que confiere a sus recomendaciones a los sujetos obligados para investigar casos de corrupción la condición de “no vinculante”.

Esas dos palabras funcionan como blindaje en favor de los funcionarios públicos corruptos, porque al emitir recomendaciones para prevenir, corregir, investigar, combatir y castigar actos de corrupción, al no ser de cumplimiento obligatorio (a eso equivale el “no vinculante”) el combate a la corrupción se anula.

Álvarez Nemer propuso reformar la Constitución y el marco legal, para suprimir definitivamente el término “no vinculante”, para que el acatamiento de las recomendaciones y observaciones tengan carácter obligatorio, no opcional.

La legisladora consideró ocioso que el trabajo del Sistema Anticorrupción y sus recomendaciones puedan ser desatendidas por los entes públicos a quienes se dirigen, por tener ese carácter “no vinculante”.

Su propuesta consiste en la conversión a “obligatorio”, el actual carácter “no vinculante”; es decir, eliminar de ese término, y hacer de estricto acatamiento las recomendaciones, por parte de las autoridades objeto de las notificaciones.

Dicha iniciativa de Nemer Álvarez adicionalmente platea la incorporación a las leyes de la materia la obligación de las autoridades que reciban las recomendaciones de dar respuesta fundada y motivada, en un término no mayor de 15 días hábiles.

De igual manera deben informar de las acciones concretas que tomen para cumplir las recomendaciones. En la actualidad éstas llevan, inexplicable e increíblemente impresa esa leyenda de “no vinculante”.

Es decir, si el Sistema Anticorrupción detecta irregularidades que deben obligatoriamente investigarse, queda a criterio de los órganos de control de los entes involucrados si investigan o no, porque no tienen obligación legal de hacerlo: la misma ley anticorrupción les permite ignorar las recomendaciones.

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