COORDENADAS POLÍTICAS
MACARIO LOZANO R.
LOS LINEAMIENTOS DEL INE USURPAN
FUNCIONES EXCLUSIVAS DEL LEGISLATIVO
Desde hace tiempo, con frecuencia en forma facciosa, el Instituto Nacional Electoral (INE) y su antecesor, el Instituto Federal Electoral (IFE) han rebasado los límites de sus facultades constitucionales y violado abiertamente, apoyado en leyes secundarias, el principio de la máxima norma del país que garantiza el derecho a todo mexicano a votar y ser votado, como lo vimos en los casos de Guerrero y Michoacán en sus últimas elecciones.
Con sus “lineamientos” el INE usurpa funciones del Poder Legislativo, al obligar a partidos y candidatos a comportarse de determinada forma, para lo cual el organismo electoral no tiene atribuciones, además de entrometerse ilegalmente en la vida interna de los partidos políticos como ocurre con su orden de que los partidos políticos deben postular el próximo año para las titularidades de los poderes ejecutivos de nueve estados a 5 mujeres y 4 hombres.
No es políticamente correcto opinar que los partidos tienen facultades para postular para cargos de elección popular a sus cuadros con mayores posibilidades de triunfo en cada demarcación, sean hombres o mujeres y sea para la presidencia de la República, gubernaturas, escaños senatoriales, curules federales o locales y miembros de los ayuntamientos estados, los distritos, pero el INE no lo considera así. El problema es que aun cuando la legislación electoral prevé la paridad de género en las candidaturas, no obliga a las formaciones partidistas a que sacrifiquen sus posibilidades de triunfo y renuncien de antemano a ganar, por ejemplo, un estado, para atender “lineamientos” del INE, y postular a un hombre o una mujer.
El Instituto no puede legalmente perjudicar los intereses legales y legítimos de los partidos y su militancia con sus lineamientos, ni perjudicar los intereses de una entidad federativa, como sería el caso de que postulen a una mujer o un hombre inepto, no idóneo para la gubernatura, sólo para cumplir con la paridad de género.
En los casos de los nueve estados que cambiarán titulares de sus poderes ejecutivos, es necesario reflexionar si puede el INE condenar a un partido o alianza de partidos a postular a alguien sin posibilidades de ganar, en lugar de otra u otro cuadro con posibilidades de triunfar; es decir, debe debatirse si pueden una “lineamiento” sobre paridad de género obligar a una organización política a postular candidato o candidata destinado a perder, por no ser idóneos para la candidatura.
Los partidos, al menos en teoría, se fundan para conquistar el poder, y para ello deben postular como candidatos o candidatos a quienes ofrezcan mayor seguridad de lograr ese objetivo estratégico; es decir, sin importar si es hombre o mujer, lo que anula el INE al decidir desde los cubículos de los consejeros con sus “lineamientos”.
Por esta y otras poderosas razones, entre las que también destaca la del excesivo gasto en elecciones y aun en años no electorales, el Poder Legislativo Federal debe efectuar una reforma constitucional que deje en claro lo que debe hacerse o no en la lucha por los espacios de poder, para no dejar a las ocurrencias del INE decisiones trascendentes en el tema comicial, como lo hemos presenciado desde hace tiempo, sin tener facultades para ello.