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Busca la FGR Mantener en Prisión a Mario Aburto: Solicitó Revisar un Amparo

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Mario Aburto. Foto: Archivo

*Un tribunal colegiado en materia de apelaciones anuló la condena de 45 años.

De la redacción

La Fiscalía General de la República (FGR) presentó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), un recurso de revisión al amparo concedido a Mario Aburto Martínez, asesino confeso del candidato presidencial del PRI, Luis Donaldo Colosio Murrieta. La institución busca mantener en prisión al sentenciado.

Como aquí se informó en su oportunidad, en octubre de este año un tribunal colegiado de apelaciones anuló la condena de 45 años de cárcel dictada por un tribunal unitario de Toluca (que modificó la de 50 años dictada en primera instancia) 

Y ordenó dictar una nueva, que en ningún caso debe superar los 30 años, máxima condena prevista en el Código Penal de Baja California cuando Colosio fue asesinado en Tijuana, el 23 de marzo de 1994.

El tribunal colegiado de apelaciones resolvió que Aburto Martínez debió ser procesado y sentenciado con la legislación penal bajacaliforniana, no con la del fuero federal, como ocurrió.

Si la SCJN confirma la sentencia impugnada, Aburto Martínez será condenado, en el caso extremo, a 30 años de prisión, que cumplirá el 23 de marzo del próximo año, inclusive podría salir antes, si se aplica el mismo criterio del juez de la causa.

Los 30 años de cárcel para el homicidio intencional, con agravantes, previstos por el Código Penal de Baja California en marzo de 1994 es para las tres agravantes: premeditación, alevosía y ventaja.

No obstante, el asesino confeso del candidato presidencial del PRI no fue condenado en segunda instancia por la agravante de “ventaja”, como sí lo había hecho el juzgado de la causa.

El tribunal unitario resolvió en apelación que Aburto Martínez no actuó con ventaja, porque la víctima estaba rodeada y protegida por un fuerte dispositivo de seguridad, y que más bien el asesino confesó estuvo en desventaja y puso en riesgo su vida al atentar contra Colosio Murrieta.

En estas condiciones, si la pena máxima de 30 años de cárcel establecida en la legislación penal bajacaliforniana en 1994 era para los homicidios con las tres agravantes, al resolver la autoridad judicial federal que no hubo la de “ventaja”, Aburto Martínez no debe ser condenado a 30 años, sino a menos tiempo de cárcel.

En estas circunstancias, se generará un problema, porque si le dan menos años de esas tres décadas, el sentenciado ya pasó más años en la cárcel de los que merecía el delito, según lo ordenaba el Código Penal de Baja California aquel marzo de 1994.     

Todos estos problemas deberá resolverlos la SCJN cuando examine a fondo y con rigor el recurso de revisión del amparo, solicitada por le Fiscalía General de la República, y dicte sentencia definitiva.

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