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Pretende la Suprema Corte de Justicia Liberar a 68 Mil Reos Peligrosos, Alertó SEGOB

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SCJN. Foto: Internet

*Para ello usurparía funciones del Legislativo, si derogara un artículo constitucional.

De la redacción

Más de 68 mil presos por delitos graves como delincuencia organizada, narcotráfico, homicidio calificado, violación, secuestro, femenicidio, abuso de niños o portación de armas de uso exclusivo de las fuerzas armadas serían liberados, si prospera el propósito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de quitar de la Constitución la prisión preventiva oficiosa.

La secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján, dio a conocer que pidió a ministras y ministros de la SCJN reflexionar y desistir de ese intento que, según la institución, se hará en atención a una resolución de la Corte Internacional de Derechos Humanos.

Liberar a más de 68 mil presuntos criminales pondría en riesgo la seguridad del Estado Mexicano y elevaría la inseguridad pública, porque son peligrosos y huirían de la justicia para reanudar sus actividades delictivas, advirtió la funcionaria.

La libertad de tantos reos peligrosos pondría en riesgo a las partes agraviadas, testigos, agentes del ministerio público, jueces y magistrados, alertó la secretaria de Gobernación.

Entre quienes fueron recluidos en las cárceles del país mediante la prisión preventiva oficiosa por ser presuntos culpables figuran 11 mil 640 homicidas, 7 mil 150 secuestradores, 3 mil 617 violadores, 4 mil 03 narcotraficantes y narcomenudistas, 3 mil 800 por portación de armas de fuego y explosivos, mil 405 feminicidas, mil 276 abusadores de niños y 405, por formar pare de la delincuencia organizada.

Alcalde Luján también previno a la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el sentido de que anular el artículo 19 de la Constitución representaría usurpación de facultades del Congreso de la Unión y del Congreso Permanente, porque sólo las cámaras del Poder Legislativo y la mitad de las legislaturas locales pueden derogar artículos de la Constitución, no el Poder Judicial.

También aclaró que el artículo 9 de la legislación, el cual norma los tratados del país con organismos internacionales, establece que las resoluciones de éstos no pueden reconocerse ni acatarse si hacerlo implica riesgos para la seguridad nacional y el orden público, como ocurriría si se libera a 68 mil reos peligrosos.

La SCJN tiene facultades para declarar inconstitucionales leyes secundarias, como lo hace con frecuencia cuando se trata de favorecer poderosos intereses económicos, pero no para anular artículos de la Constitución, pues sólo compete a la Cámara de Diputados Federal y al Senado de la República, y por mayoría calificada, con la convalidación del al menos la mitad de las representaciones populares de las entidades federativas.

El proyecto para anular la prisión preventiva oficiosa y beneficiar a los más de 68 mil reos peligrosos, a quienes se les aplicó y en esa condición son procesados, está a cargo del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

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