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Las Disposiciones Constitucionales se Acatan, No Se Someten a Votación para Ver Si Se Respetan

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El Poder Judicial, al servicio de las peores causas. Foto: Internet.

*El Poder Judicial desafía el orden constitucional y actúa fuera de todo marco legal.

De la redacción

Por mayoría de 8 a 3, ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobaron examinar si tienen o no facultades para impedir la vigencia de la reforma constitucional, en un comportamiento ilegal y riesgoso, que más parece una provocación e interés por crearle una crisis constitucional a la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, porque las magistradas y magistrados que dieron entrada a demandas de revisión, conocen bien y es su papel respetar y hacer respetar la Máxima Norma del país.

La propia Ley de Amparo establece en su artículo 61 que contra reformas constitucionales no proceden estos juicios de garantía, y el artículo 135 constitucional establece los requisitos para que las adiciones, derogaciones y reformas a artículos de la Constitucional, que no son otros más que los de que se aprueben por mayoría calificada de las dos cámaras del Congreso de la Unión y en al menos 17 congresos locales y que se promulguen y publiquen en el “Diario Oficial de la Federación “(DOF), lo cual ocurrió, según análisis de “El Espectador”.

Y la Constitución es clara y ordena más allá de la generalidad de “mayoría calificada” al establecer que la mayoría calificada debe contabilizarse tomando en cuenta los diputados federales y senadores presentes en la sesión correspondiente; es decir, no se define a partir de los 500 diputado y 128 senadores.

No obstante, las y los 8 ministro, con la presidenta Norma Lucía Piña Hernández a la cabeza, que votarán examinar los recursos de titulares de juzgados y tribunales para frenar, saben que no deben tratar el caso, pero lo hacen y es ilegal porque viola la norma y con ello incurren delito y pueden ser sujetas y sujetos de juicio político.

APOYA EL CJF VIOLACIÓN DE LEY C PAROS LOCOS

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF), que preside también la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Lucía Piña Hernández, avaló el “paro loco”, que sostienen titulares de juzgados de distrito y de tribunales de circuito del Poder Juidicial de la Federación, además de trabajadores.

Dicho paro, que inició el 19 de agosto tiene paralizados a esos órganos jurisdiccionales, con lo que incurren en el delito de obstrucción de la justicia, lo cual es doblemente grave, la infracción a la norma viene de parte de quienes tienen como obligación aplicarla, además de estar cobrando sin trabajar, en perjuicio del erario.

Quienes efectúan “paros locos” pueden ser despedidos sin responsabilidad para la parte empleadora, si dura 3 días en un período de 30. Los paristas llevan ya 35 días, sin recibir sanciones, en una violación al Estado de Derecho, por parte de quienes deben aplicarlo y defenderlo, sin que los grandes medios informativos examinen con sentido crítico la ilegalidad.

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