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Proponen que Intervenga la Cámara Si No Cumplen Recomendaciones de la CODHEM

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*Designó el Poder Legislativo al titular del OIC de la CODHEM.

De la redacción

Diputados del Partido del Trabajo (PT) propusieron cambios a la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM), a fin de que el Congreso Local pueda intervenir ante incumplimiento de las recomendaciones del organismo por violaciones a las garantías básicas de las personas.

De aprobarse la iniciativa de reforma, los servidores púbicos objeto de las recomendaciones, deben justificar ante la representación popular mexiquense su rechazo a cumplirlas.

Por otra parte, la Cámara de Diputados Locales designó a Adrián Osiel Millán Vargas, como titular del Órgano Interno de Control (OIC) de la CODHEM, quien en la misma sesión rindió protesta ante los legisladores.

Dicha plaza vacante interesó a muchas personas, pues fueron numerosos los aspirantes, de los cuales sólo 42 reunieron todos los requisitos, y al final la designación recayó en favor de Millán Vargas, quien ya desempeña sus funciones.

La bancada del PT consideró necesario reformar la Ley de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de México, porque en la actualidad los servidores públicos que reciben una recomendación la toman como “un llamado a misa”, porque no son de acatamiento obligatorio, ni siquiera están obligados a explicar sus razones para el incumplimiento.

Ahora se trata de que la representación popular del Estado de México tenga injerencia en los casos de incumplimiento de recomendaciones, para buscar solución, junto con la parte objeto de las recomendaciones, para elevar estos problemas a asuntos de Estado.

La propuesta de cambio a la Ley citada incluye la obligación de los servidores público o instituciones públicas que reciben las recomendaciones a informar en un plazo de 30 días hábiles si acepta una recomendación y en otros 30 días hábiles adicionales, entregar las pruebas del cumplimiento.

Cuando la recomendación sea aceptada, la CODHEM debe informar de ello a la parte quejosa esa admisión, y debe hacerlo en un plazo de 5 días hábiles, pues actualmente ni siquiera existe un plazo en esta materia.

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