
*La fase definitiva de la reforma laboral quedó congelada: es nociva para los trabajadores.
Sin proponérselo, Donald Trump resultó decisivo para frustrar los cambios a la legislación laboral mexicana, perniciosos en exceso para los trabajadores.
“La última fase de la reforma laboral pretendía desmantelar el sistema de defensa de los trabajadores, dando mayor libertad a las ‘outsourcing’ para suprimir sus derechos”, aseveró Jorge Díaz Galindo, oficial mayor de la CTM estatal: “Pero no pasará ya”, sentenció.
“Los anteriores cambios a la legislación laboral ya habían reducido mucho los márgenes de defensa de los compañeros, pero la nueva etapa de este proceso, que incluyó la creación de tribunales laborales dependientes de los poderes judiciales, era más depredadora”, recalcó.
Díaz Galindo reconoció que el congelamiento de la última etapa de la reforma laboral no lo lograron la lucha sindical o la presión social sino factores ajenos: “fueron Donald Trump y la falta de presupuesto”, especificó.
El oficial mayor de la Federación de Trabajadores del Estado de México (FTEM), como se denomina oficialmente a la CTM mexiquense, explicó que los cambios al marco jurídico del trabajo habían sido impuestos por el gobierno de los Estados Unidos como condición para el Tratado Comercial Transpacífico (TTP), ahora con un nuevo nombre.
“Cuando Donald Trump llegó al poder, sacó a su país de ese acuerdo y con eso la reforma en cuestión dejó de tener sentido de urgencia, pero su contenido ahí está y es pernicioso para la clase trabajadora”, advirtió.
El otro factor determinante para el congelamiento de la reforma ha sido la falta de fondos públicos para implementarla tanto en la jurisdicción federal como en las estatales. La insuficiencia de presupuesto no permite llevarla a cabo.
“Las juntas locales de conciliación y arbitraje deberían ser suprimidas y sustituidas por tribunales del trabajo dependientes de los poderes judiciales de las entidades federativas, lo cual implicaba liquidar a todo el personal de las mismas en todos los estados”, abundó.
Las autoridades de los poderes judiciales no quieren a quienes laboran en las citadas juntas, pero “para contratar nuevo personal deben liquidarlos, y no hay fondos para ello”, reiteró Díaz Galindo.
El cetemista explicó que las “outsuorcing” son perjudiciales para los derechos laborales de los asalariados, porque les impiden hacer antigüedad en el trabajado. Además se exceden en su campo de acción, pues no pueden proporcionar trabajadores para actividades claramente definidas como objeto de las empresas; es decir, funciones indispensables para la operación de las compañías, “pero lo hacen”.
La nueva fase de la reforma laboral, congelada en estos momentos, exige menos requisitos a las “outsourcing”. La legislación vigente, aun permitiendo la intermediación en la contratación de personal, tiene condiciones que deben cumplir; sin embargo, los cambios propuestos únicamente les piden estar registradas ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)